Retención en la fuente más alta es oficial: MinHacienda emitió decreto para subir tarifas a varios contribuyentes

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Finalmente, se hizo realidad pese a que hubo muchos reclamos, previo a la expedición del decreto, que aumenta la tarifa de retención en la fuente a varios sectores de la economía.Con la firma del ministro de Hacienda, Germán Ávila, y exponiendo las medidas a lo largo de 30 páginas, fue emitido —para que sea una norma de obligatorio cumplimiento — el decreto 0572, con fecha de este 28 de mayo, que cambia las tarifas de la retención en la fuente y la autorretención.No se trata solo de las medidas que impactarán el bolsillo de las empresas que, como contribuyentes, tendrán que pagar un anticipo vía retención en la fuente, de lo que luego será su impuesto de renta. También ha habido dudas acerca del efecto que tendrá, en el próximo año, el hecho de que ahora se cobre por adelantado un impuesto.Aunque en un principio se puso en entredicho si el Gobierno podía tomar la decisión de aumentar las retenciones en la fuente sin que se pase por el Congreso de la República, como lo hacen todas las normas tributarias, posteriormente se aclaró que sí era viable tomar ese camino.Así las cosas, el Gobierno nacional se amparó en la facultad de establecer retenciones en la fuente con el fin de facilitar, acelerar y asegurar el recaudo del impuesto sobre la renta y sus complementarios.El problema fue que ya ese atajo se había tomado, cuando al comienzo del Gobierno se emitió un decreto que le dio caja al Estado en el presente, pero que afectó gravemente el recaudo tributario posteriormente, por las devoluciones de saldo que podrán acumular los contribuyentes que pagan más en el presente y después hacen cruce de cuentas y terminan con saldo a favor.¿Sobre quién recae la medida?Según el decreto emitido, se ajusta la retención en la fuente en productos agrícolas, en compras de café pergamino o cereza y en compra de oro, este último quedó con una retención de 4,5 % al igual que la extracción del gas natural.En el caso del transporte terrestre intermunicipal de pasajeros, por ejemplo, pasa de 1,1 al 3,5 por ciento, según el decreto.La medida indica que la autorretención a título del impuesto sobre la renta y complementarios se liquidará sobre cada pago o abono en cuenta realizado al contribuyente sujeto pasivo de este tributo.Estas serían las tarifas para algunas de las actividades incluidas en el decreto:La medida entra en vigencia de inmediato. Es decir, a partir de este 29 de mayo.

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