Pico y placa en Bogotá para este jueves, 14 de agosto de 2025: horarios y restricciones

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Este jueves, 14 de agosto, la restricción de pico y placa en Bogotá aplicará a los vehículos particulares cuyas placas terminen en 1, 2, 3, 4 y 5. En contraste, los automóviles con placas finalizadas en 6, 7, 8, 9 y 0 podrán circular sin restricciones.Tal como se ha venido realizando, la restricción para carros particulares en la ciudad empieza a regir a las 6:00 a. m. y termina a las 9:00 p. m.El pico y placa para los vehículos particulares en lo que resta de agosto:Viernes 15 de agosto: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5Sábado 16 de agosto: No aplica la medida de pico y placaDomingo 17 de agosto: No aplica la medida de pico y placaLunes festivo 18 de agosto: Aplica el pico y placa regionalMartes 19 de agosto: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5Miércoles 20 de agosto: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0Jueves 21 de agosto: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5Viernes 22 de agosto: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0Sábado 23 de agosto: No aplica la medida de pico y placaDomingo 24 de agosto: No aplica la medida de pico y placaLunes 25 de agosto: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5Martes 26 de agosto: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0Miércoles 27 de agosto: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5Jueves 28 de agosto: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0Viernes 29 de agosto: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5Sábado 30 de agosto: No aplica la medida de pico y placaDomingo 31 de agosto: No aplica la medida de pico y placaRestricción para taxisEntre tanto, para los taxis, el jueves, 14 de agosto, el pico y placa rige para los vehículos cuya placa termine 7 y 8.De tal modo, pueden circular los taxis con placas terminadas en 1-2-3-4-5-6-9-0. El pico y placa para los taxis en lo que resta de agosto:Viernes 15 de agosto: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1-2-3-4-5-6-7-8  Sábado 16 de agosto: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en  3-4-5-6-7-8-9-0Domingo 17 de agosto: No aplica la medida de  pico y placaLunes festivo 18 de agosto: No aplica la medida de  pico y placaMartes 19 de agosto: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1-2-3-4-7-8-9-0Miércoles 20 de agosto: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en  1-2-3-4-5-6-9-0 Jueves 21 de agosto: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1-2-3-4-5-6-7-8  Viernes 22 de agosto: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 3-4-5-6-7-8-9-0Sábado 23 de agosto: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1-2-5-6-7-8-9-0Domingo 24 de agosto: No aplica la medida de  pico y placaLunes 25 de agosto: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en  1-2-3-4-7-8-9-0Martes 26 de agosto: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en  1-2-3-4-5-6-9-0 Miércoles 27 de agosto: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1-2-3-4-5-6-7-8  Jueves 28 de agosto: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 3-4-5-6-7-8-9-0Viernes 29 de agosto: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1-2-5-6-7-8-9-0Sábado 30 de agosto:  Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1-2-3-4-7-8-9-0Domingo 31 de agosto: No aplica la medida de  pico y placa. Los vehículos exceptuados de la medida de pico y placa en Bogotá, son:Vehículos eléctricos y de cero emisiones contaminantes.Caravana presidencial.Vehículo de servicio diplomático o consular.Funerarias o agencias mortuorias.Vehículos de organismos de seguridad del Estado.Vehículos de emergencia.Vehículos utilizados para el transporte de personas en condición de discapacidad.Vehículos de empresas de servicios públicos domiciliarios. (Exclusivamente para mantenimiento y reparación de redes).Vehículos destinados al control del tráfico y grúas.Vehículos de control de emisiones y vertimientos.Motocicletas.Vehículos asignados por la Unidad Nacional de Protección.Vehículos de medios de comunicación.Vehículos de autoridades judiciales.Vehículos de transporte escolar.Vehículos destinados a la enseñanza automovilística. (Tipo automóvil, campero y camioneta).Vehículos híbridos cuya motorización sea por combustión (diésel o gasolina) y funcionen, alternada o simultáneamente, con motor eléctrico.Los vehículos cuyo propietario o locatario haya solicitado voluntariamente el Permiso Especial de Acceso a Área con Restricción Vehicular (“Pico y Placa Solidario”) y haya aceptado y cumplido todos los términos y condiciones, establecidos por la Secretaría Distrital de Movilidad.

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