La FM conoció que el Consejo de Estado ordenó al Ministerio del Interior, al ICBF y al Gobierno en general, así como a entidades territoriales de la Región del Catatumbo presentar nuevas medidas para proteger a los niños y niñas que han sido desplazados por causa de la crisis humanitaria que allí se vive por tras el conflicto armado.
La decisión del alto tribunal fue confirmada en segunda instancia luego de haber proferido una sentencia de primera instancia en este sentido. Decisión que dio trámite favorable surgida por una demanda que llegó a la corporación, en la que se evidenciaba la crisis que padecía cientos de niños y niñas de dicha región.
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La demanda pidió amparar los derechos fundamentales a la vida, educación, salud, cultura y deporte, de los menores que viven en la región, la cual ha sido surtido por el conflicto armado, especialmente con el Ejército de Liberación Nacional (ELN).
"Han sido vulnerados en su integridad y algunos dados de baja, por cuenta de la insensibilidad de los actores armados que no han sido capaces de sacarlos de tan penosa situación, máxime, hoy, cuando se terminó el proceso de conversaciones con el ELN que apuntaba a una paz con ese grupo criminal", se señala de uno de los apartados del documento.
Recordemos que la región del Catatumbo, Norte de Santander, enfrenta una grave crisis humanitaria, debido al conflicto armado entre grupos al margen de la ley, lo cual ha generado el incremento en el número de víctimas mortales, así como un gran número de desplazados y afectados.
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Lo que para el 16 de enero de este año se reportaron 80 personas fallecidas, al menos 20 heridas y alrededor de 8.000 personas desplazadas, así lo señaló el documento del Consejo de Estado.
Sin embargo, un gran número de estas víctimas del desplazamiento, incluidos mujeres, niños, niñas y adolescentes, fueron ubicados temporalmente en el Estadio General Santander, en la ciudad de Cúcuta.
Entre tanto, pese a la demanda, algunos organismos de control de orden nacional y territorial, pidieron declarar la improcedencia de la solicitud de tutela en la medida en que según las entidades, no se cumplió con el requisito de subsidiariedad ni se configuró un perjuicio irremediable.
También hay que señalar que, recientemente la Corte Constitucional declaró la exequibilidad del Decreto Legislativo 466 de 2025, por el cual se establece un reconocimiento económico, temporal y excepcional, a favor de los miembros de la Fuerza Pública que se encuentren en desarrollo de operaciones militares y operativos policiales, en la región delimitada por el Decreto Legislativo 062.