Contraloría advierte impacto de parar el Canal del Dique

La Contraloría General de la República advirtió al Ministerio de Ambiente y la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI), las graves implicaciones que tendría la suspensión de las obras del proyecto de restauración del Canal del Dique, tras la solicitud del presidente Gustavo Petro en el Consejo de Ministros del pasado 15 de julio, cuando expresó su interés en suspender esos trabajos.

A través de una carta enviada a esas entidades, el organismo reiteró la advertencia emitida en noviembre de 2024, con el objetivo de evitar “la materialización de los riesgos en ella identificados y la afectación de los intereses públicos”.

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De acuerdo con el documento, la restauración del Canal del Dique fue declarada de "Importancia estratégica para la Nación" por el documento CONPES 3594 del 10 de julio de 2009.

El proyecto contempla más que la descontaminación de la Bahía de Cartagena, y busca generar impactos positivos en 19 municipios de Bolívar, Atlántico y Sucre, beneficiando directamente a más de 1,5 millones de personas a lo largo de los 116 kilómetros del canal.

Entre los beneficios técnicos, sociales, ambientales y económicos del proyecto, se destacan:

  1. Regulación activa de caudales y control de inundaciones.
  2. Reducción de sedimentos en las bahías de Cartagena y Barbacoas.
  3. Protección contra la intrusión salina en aguas dulces.
  4. Fomento de la adaptación al cambio climático.
  5. Restauración de ecosistemas y cuerpos hídricos, incluyendo el Parque Nacional Natural Corales del Rosario y San Bernardo.
  6. Garantía del recurso hídrico para consumo humano y actividades agropecuarias.
  7. Mejora de la navegabilidad en la hidrovía.

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Adicionalmente, la Contraloría se pronunció sobre un posible cobro por valorización asociado al proyecto, señalando su respeto por las decisiones del Gobierno Nacional, e invitando a que “si finalmente se confirma tal decisión, se cumpla cabalmente con todo lo estipulado en la Ley 1819 de 2016, en el Decreto 1618 de 2023 y en las demás leyes y normas vigentes que le sean aplicables”.

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