El registrador nacional del Estado Civil, Hernán Penagos, defendió este martes su decisión de solicitar un concepto al Consejo de Estado para determinar si es viable tramitar la consulta popular convocada por el presidente Gustavo Petro mediante decreto, pese a que el Senado negó el concepto favorable que exige la Constitución para este tipo de mecanismos.
En entrevista con La FM, Penagos explicó que, ante una situación inédita y de alta complejidad jurídica, la Registraduría decidió dejar en manos de las altas cortes —el Consejo de Estado y la Corte Constitucional— la definición de fondo sobre la legalidad de la convocatoria.
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Registrador Nacional, Hernán Penagos, argumentó su decisión sobre 'decretazo' de la consulta popular“En un Estado democrático y de derecho, cuando hay controversias tan grandes entre ramas del poder, lo que corresponde es que las resuelvan los jueces. Por eso pedimos que sean las altas cortes quienes decidan si el camino que se tomó es válido”, afirmó.
El registrador reconoció que su decisión ha generado críticas desde varios sectores, pero reiteró que no le corresponde a la Registraduría dirimir conflictos jurídicos entre el Ejecutivo y el Legislativo. En su opinión, su deber es actuar con base en el principio de legalidad y esperar un pronunciamiento judicial de fondo.
“La Registraduría no es un juez. No puedo convocar una consulta popular que cuesta 750.000 millones de pesos si no tengo certeza jurídica de que es procedente. Podría haber un grave detrimento del erario”, advirtió.
Penagos recordó que el artículo 104 de la Constitución establece tres requisitos para convocar una consulta popular nacional: una solicitud del Gobierno firmada por los ministros, un concepto favorable del Senado y un decreto de convocatoria. En este caso, subrayó, falta el concepto del Senado, ya que esa corporación lo negó y así se lo comunicó oficialmente la presidencia del Congreso.
No obstante, el Gobierno expidió un decreto invocando la excepción de inconstitucionalidad para desconocer esa decisión del Senado. Ante ese escenario, con dos actos administrativos en conflicto y múltiples demandas en curso, el registrador insistió en que no puede actuar hasta que exista claridad jurídica.
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“Hoy hay cerca de 11 demandas de inconstitucionalidad en la Corte Constitucional, 10 acciones de nulidad en el Consejo de Estado, 97 tutelas y más de 30 demandas de nulidad por inconstitucionalidad. No tiene sentido seguir avanzando sin una decisión de fondo de las cortes”, precisó.
Finalmente, Penagos enfatizó que lo que está en juego no es solo la viabilidad de una consulta popular, sino el respeto al equilibrio de poderes y al estado de derecho.
“Se trata de una controversia sin precedentes en la historia reciente de Colombia. Está en juego el principio democrático. En estas circunstancias, actuar con prudencia y legalidad es lo que corresponde”, concluyó.