Preocupan a pensionados en Colombia por riesgo que tendrían con su plata: solo 50 %

Pensión en Colombia se puede embargar 50 % por alimentos y deudas, estas son las dos únicas causas que pueden embargar la pensión.

A pesar de que la regla general en Colombia es que las pensiones son inembargables, la legislación establece algunas excepciones donde se puede recurrir al embargo de este tipo de ingresos.

De acuerdo con la Constitución Política de Colombia y la Ley 100 de 1993, que crea el Sistema General de Pensiones, la pensión es un derecho fundamental de los ciudadanos que, por su naturaleza, debe estar protegido para asegurar que los pensionados cuenten con un recurso económico mínimo para satisfacer sus necesidades básicas.

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Este principio de inembargabilidad tiene como objetivo garantizar que los pensionados no pierdan sus ingresos destinados a su sustento, lo cual es especialmente relevante para aquellos que ya no tienen la capacidad de generar ingresos debido a su edad o condición de salud.

Sin embargo, la Ley 100 de 1993 establece excepciones a esta regla. Aunque las pensiones están protegidas en principio, existen circunstancias específicas en las que, bajo ciertas condiciones, puede ser posible embargar una pensión. Estas excepciones buscan equilibrar los derechos del pensionado con la necesidad de cumplir con obligaciones legales de alta prioridad social.

¿A quiénes les pueden embargar la pensión en Colombia?

Según el artículo 134 de la Ley 100 de 1993, la pensión es inembargable, pero esta norma contempla dos excepciones clave en las cuales sí se puede proceder al embargo.

La primera de estas excepciones tiene que ver con las obligaciones alimentarias. En Colombia, los padres tienen la obligación legal de proveer alimentos a sus hijos menores de edad, así como a su cónyuge o excónyuge en ciertos casos, o incluso a sus padres si se encuentran en situación de necesidad.

En estos casos, si el pensionado no cumple con sus responsabilidades alimentarias, la pensión puede ser embargada para garantizar que se cubran las necesidades básicas de aquellos que dependen de él. Esta es una medida que busca proteger a los miembros de la familia que dependen económicamente del pensionado.

Abuelo en Colombia sobre las pensiones en Colombia

La segunda excepción se refiere a las deudas contraídas con cooperativas legalmente constituidas. Las cooperativas, entidades que promueven el ahorro y el crédito entre sus miembros, pueden solicitar el embargo de la pensión de un pensionado si este no cumple con sus obligaciones crediticias adquiridas en la cooperativa.

Este tipo de embargo, aunque es menos común, tiene como fin asegurar el cumplimiento de acuerdos financieros adquiridos con estas entidades.

¿Cuánto se puede embargar de una pensión en Colombia?

Aunque la ley permite el embargo de la pensión en los dos casos mencionados, el monto que puede ser embargado está limitado. Según el artículo 344 del Código Sustantivo del Trabajo, el embargo o la retención no puede exceder el 50 % del valor total de la pensión.

Esto significa que, en el caso de que se deba proceder con un embargo, la pensión del afectado no puede ser completamente retirada, lo que asegura que el pensionado continúe recibiendo una parte de su ingreso para cubrir sus necesidades básicas.

Aunque las pensiones en Colombia están protegidas por la ley y no pueden ser embargadas de manera general, existen excepciones claras y justificadas en las que se puede recurrir al embargo, especialmente en casos relacionados con la manutención de los dependientes y el incumplimiento de deudas con cooperativas.

Esta normativa busca equilibrar la protección de los pensionados con el cumplimiento de obligaciones sociales fundamentales.

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